Dos reflexiones sobre la democracia posible

Dos reflexiones sobre la democracia posible: crisis y necesidad de la representación en las democracias contemporáneas.

Por Guillermo Jensen, Investigador del Programa de Estudios Políticos (FLACSO-Argentina).

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Acuario _ Nadia Cassullo

Acuario (acrílico sobre tela, 2014)
Nadia Cassullo

La presentación del nuevo libro de Carlos Strasser “La Razón democrática y su experiencia”  resultó ser una excelente oportunidad para reflexionar sobre los desafíos, conformaciones y límites de la democracia contemporánea en Latinoamérica.² Y no sobre cualquier democracia, sino sobre la democracia posible: tanto en la teoría como en la práctica. Estas escasas líneas no pretenden ser un resumen y mucho menos un estudio sobre la obra del autor, sino algunas reflexiones a partir de la misma.

Retomamos el hilo teórico desarrollado largamente por Strasser en tres puntos precisos e íntimamente relacionados a sus teorizaciones: a) la conceptualización de la democracia moderna como régimen mixto, nada puro y solo parcialmente democrático en sentido estricto, b) la necesidad de la representación como elemento fundamental de ese régimen político posible, y, finalmente, c) la comprensión teórica  del populismo.³

Estos aportes nos remiten a la estructura de la democracia en tanto régimen de gobierno del Estado, definición que contornea y demarca sus límites y posibilidades.4 Pues es dentro de esos límites que se da la tensión entre la democracia real y la democracia posible. Este breve escrito parte de ese marco teórico y conceptual, decisivo para clarificar el sentido y los alcances de lo que llamamos democracia.

Digámoslo sin vueltas: la democracia contemporánea que se moldeó en los siglos XIX y XX, es el resultado de un acuerdo tenso y siempre provisorio que se da en el seno de un régimen político constituido por elementos vinculados a la soberanía popular, la institucionalización de la ciudadanía y el Estado de Derecho. Una fórmula químicamente inestable en donde conviven los principios del democratismo (soberanía popular), el republicanismo (el ideal de una ciudadanía activa) y el liberalismo (derechos y garantías individuales).

Quiero detenerme en la relevancia de esa fórmula químicamente inestable. Este tenso acuerdo, que probablemente se explique más por la historia que por la lógica abstracta de la estricta teoría política, se encuentra desde hace dos siglos contenido y expresado en un documento-símbolo llamado Constitución.5

En el mundo occidental, desde la redacción de la  constitución de Filadelfia de 1787 hasta la actualidad en Argentina, cuando hablamos de democracia nos remitimos a la idea de un régimen representativo y constitucionalizado, en algún sentido vinculado a la soberanía popular, de alguna forma al ejercicio de la ciudadanía y que de algún modo busca garantizar la vigencia de los derechos individuales. A todo ese conjunto solemos llamar hoy, sin más, “democracia”.

Así entendida la democracia, avoquémonos ahora a pensarla a partir de algunos de sus elementos. Tenemos entonces que el régimen democrático como hoy se puede darno es un régimen puro, sino que está atravesado y convive con otros; que es un régimen que se apoya y gobierna a partir de una estatalidad  y no a partir de la sociedad;  por último, que ese régimen contiene un gobierno, que puede gobernar a los gobernados más o menos democráticamente. En este punto vale la pena detenerse.

Para Strasser, una de las características de la democracia posible en la teoría y en la práctica, ha sido, desde Rousseau hasta la actualidad, la necesidad estructural  de que ella sea representativa. Más allá de si alguna vez la democracia ateniense fue verdaderamente directa, lo que es seguro es que con el surgimiento de los Estados Nacionales territorialmente amplios,  esa opción se fue transformando en algo materialmente imposible de implementar y, para algunos autores como el Madison que escribió El Federalista X, en políticamente peligrosa e institucionalmente inestable.6

La apelación al ideal de la democracia directa, entendida como participación directa, sin mediación, de los ciudadanos en la gestión de la cosa (res) pública, se ha transformado en un arma poderosa para impugnar la democracia representativa, gestionada por una clase política cada vez más cuestionada y percibida como decadente. El advenimiento y consolidación del malestar con la representación, ha sido anunciado por teóricos y actores sociales hace tiempo.7

Mi primera reflexión apunta a señalar que justamente ahí está el problema: por más legítimo que sea el reclamo contra una clase política percibida como corrompida e ineficaz, la impugnación dirigida per se al principio representativo y no a tal o cual representante particular corrompido, termina por minar la legitimidad de uno de los elementos centrales de ese imbricado y complejo régimen político que hoy llamamos democracia. Claramente: no es lo mismo criticar a un representante, que impugnar al principio mismo de la representación.

Cuando el ataque se direcciona hacia la representación en sí, se transforma en mucho más que un mero problema teórico- conceptual: constituye un verdadero peligro para el futuro del régimen democrático. Esto se debe a que el autogobierno colectivo directo no es hoy una opción política posible, sino solo un ideal que resulta inmensamente más eficaz para minar la legitimidad de la lógica representativa, que para reemplazarla por un nuevo orden político concreto.

Por lo tanto, y quizás paradójicamente,  quienes critican toda representación política en un régimen democrático terminan en los hechos eligiendo y constituyendo nuevas opciones representativas, solo que más debilitadas y, por esa misma razón, quizás menos institucionales. Detengámonos un momento a pensar sobre las consecuencias del “voto protesta” en las elecciones generales de Italia a principios del año 2013, en donde los desgastados partidos tradicionales perdieron terreno a manos del cómico Beppe Grillo y su partido 5 estrellas.8

Tenemos así que el mayoritario voto en contra de los partidos tradicionales, quienes han venido ejerciendo la representación política en el anquilosado sistema parlamentario italiano en las últimas décadas, terminó por propiciar el ascenso electoral de un nuevo tipo de representante anti-sistema y discursivamente anti-político. La democracia, que al tiempo que es régimen es también un orden político, parece reaccionar a estos ataques intentando regenerar a uno de sus elementos constitutivos fundamentales: la mismísima y cuestionada representación política. La que necesariamente estará en las manos de, y será ejercida por, representantes.9

Esta reflexión se va transformando en una tenue hipótesis: En la democracia contemporánea del ya entrado siglo XXI, la cuestionada representación política democrática parece mutar y expresarse de nuevas formas, pero nunca desaparecer. Y probablemente esa mutación agrave la tensión constitutiva de la democracia modera y la lleve a dejar de ser representativa de un demos, para  pasar a ser representada por un grupo que actúe en su nombre pero no en su interés.10 Me temo que esta amenaza parece haber llegado para quedarse y que, por lo tanto, deberemos convivir y dar cuenta de ella en el futuro.

Es por eso que cuando se impugna la lógica misma de la representación política en un régimen democrático,  probablemente se termine atacando al corazón de ese régimen, tal y como éste efectivamente puede ser en estos tiempos. Debemos ser conscientes de la posibilidad de que los las objeciones al accionar de representantes coyunturales determinados, en nombre de un ideal democrático directo, terminen  por facilitar la emergencia de nuevas formas de representación. Las cuales seguramente serán diferentes de algún modo a las impugnadas, pero con pretensiones tan representativas y políticas como las de formas que al fin y al cabo pretenden sustituir.

Vuelvo a Strasser para pensar ese fenómeno tan actual y latinoamericano (aunque no exclusivo de esta parte del mundo) que es el populismo. Y con ello lanzó mi segunda reflexión en tono de interrogante: ¿No será este fenómeno una expresión surgida y legitimada al calor de las críticas (fundadas o no) a formas de representación política más institucionales?

El populismo, sea cual sea la definición que tomemos, se apoya en elementos propios de todo régimen democrático.11 Uno de ellos es, justamente, la representación que constituye el gobierno del Estado; gobierno que en el caso populista aparece exacerbando retóricamente el elemento democratista, atenuando la construcción de ciudadanía en clave republicana y debilitando e instrumentalizando al Estado de Derecho.

Para concluir, resulta oportuno recordar que la cuestión de qué representación (y por lo tanto qué democracia) es posible y deseable, y la de cómo se articulan a través de ella los elementos provenientes del liberalismo, el democratísmo y el republicanismo, no es nueva. A mediados del siglo XIX en Argentina podemos encontrar que la polémica constitucional entre Sarmiento y Alberdi se alimentó de muchas de las cuestiones que aquí planteamos y que, como demuestran los escritos de Strasser, son recurrentes en la historia de la teoría política.12

En el pensamiento de ambos yacía la insatisfacción con el régimen real, al tiempo que despuntaba la pregunta por el mejor régimen posible, por el sentido de lo republicano, por la construcción de la ciudadanía y, abarcando a todos esos elementos, por los alcances de la representación política. Aún hoy podemos encontrar en la persistencia teórica e histórica de la representación política, un arcano fundamental para comprender las articulaciones posibles entre democratismo, republicanismo y liberalismo.13

La lectura y (re)lectura de los trabajos de Strasser, resulta hoy relevante para seguir investigando con imaginativa rigurosidad las condiciones de realizaciónde un régimen democrático posible, quizás menos democrático en sentido estricto, pero constitucional y republicano al fin y al cabo.14

Vaya mi agradecimiento a Carlos Strasser por incentivarme, a través de sus escritos, a realizar estas reflexiones. Pero sobre todo, por impulsarme a pensar en la democracia posible sin caer en el pesimismo propio de quien solo contempla los déficits de la democracia real, ni en el riesgoso utopismo de quienes la idealizan.


1 Abogado. Magister en Ciencia Política y Sociología (FLACSO- Argentina). Doctorando en Derecho (UBA). Investigador Área de Estudios Políticos (FLACSO-Argentina).

2 Carlos Strasser La Razón Democrática y su experiencia, 1era. Ed., Buenos Aires, Prometeo, 2014.

3 “La Democracia posible tiene la forma del gobierno representativo, inevitablemente.”  Carlos Strasser  Para una teoría de la democracia posible. Idealizaciones y Teoría Política., 1era. Ed., Buenos Aires, GEL, 1991, p. 55.

4 Cuestión desarrollada por el autor, entre otros varios lugares y textos, en Para una teoría de la democracia posible. Idealizaciones y Teoría Política.

5 Raymond Geuss Historia e Ilusión en la Política, 1era. Ed., Barcelona, Tusquets, 2001, pp. 230-241.

6 Resulta claro que Madison no tuvo posteriormente tantos reparos hacia la democracia, aunque siempre la entendió indisolublemente estructurada en base al sistema de representación.

7 Entre nosotros, típicamente de Roberto Gargarella su obra Crisis de la representación política, 1era. Ed., México, Fontamara, 2002.

8 Las elecciones de Febrero de ese año arrojaron la sorpresiva performance del movimiento 5 Estrellas, quien logro el 25,5 % de los votos para la Cámara de Diputados y un 23 % para la elección de Senadores.

9 Y que como todo orden, necesita ordenar mediante un poder, tal y como lo enunciara hace tiempo Voegelin:“Ejercer el poder es ejercer el poder incluso en una democracia, pero se recela frente a ese hecho”. Eric Voegelin La Nueva Ciencia de la Política, 1era. Ed., Buenos Aires, Katz, 2006, p. 53.

10 Carlos Strasser Democracia III. La Última Democracia, 1era. Ed., Buenos Aires, Sudamericana, 1995, pp. 77-79.

11 Ernesto Laclau, La Razón Populista, 1era. Ed., Buenos Aires, Fondo de Cultura Económica, 2003, pp. 199- 206.

12 Domingo F. Sarmiento-  Juan Bautista Alberdi Constitución y Política, 1era. Ed., Buenos Aires, Hydra, 2012.

13 La articulación que se dio en la historia entre estas tradiciones es el tema de la investigación que actualmente llevo adelante, “Los caminos de la realización constitucional: República, Liberalismo y Democracia en los orígenes de la organización constitucional de la Nación argentina (1852-1860)”, Área de Estudios Políticos, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales- Argentina, 2014.

14 Si pensamos las dificultades que conlleva en la actualidad gobernar las sociedades modernas, no parece ser poca cosa pensar en la realización de una democracia posible. Strasser no es tan optimista “…hoy, las sociedades tan complejas como las nuestras, de poblaciones que se cuentan de cientos de miles a millones de individuos, esparcidas en geografías por demás extensas y culturalmente fragmentadas y cruzadas por tantos intereses diversos, es más improbable que nunca que los representantes respondan efectivamente a los representados…” Revista Criterio, Julio 2014, p. 13.